Antes de comenzar tu ahorro y recibir los beneficios tributarios de un APV, debes elegir entre dos alternativas o regímenes:
Régimen tributario A: otorga una bonificación del 15% sobre el monto depositado, que se suma cada año al valor de tu póliza, con un máximo anual de 6 UTM. Esta bonificación solo puede usarse al momento de jubilar.
Régimen tributario B: refleja una rebaja de impuestos en la liquidación de sueldo mediante la disminución de la base imponible. El monto de la rebaja dependerá del tramo de renta al que pertenezcas

